Aerolíneas deberán dejar de cobrar por equipaje de mano

Aerolíneas deberán dejar de cobrar por equipaje de mano. Foto de Bambi Corro para Unsplash

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sancionó a Volaris y a Viva Aerobús por el cobro del equipaje de mano a sus pasajeros. 

Previamente, la Profeco hizo un llamado a aerolíneas mexicanas para que detengan el cobro indebido que hacen de su tarifa de equipaje de mano. 

El llamado se dirigió a las compañías Viva Aerobús, Volaris y Aeroméxico a las cuales pidió dejar de realizar dicho cobro y evitar acciones legales en su contra. 

De acuerdo con la Profeco, a dichas aerolíneas se les requirió detener las “prácticas abusivas” consistentes en la comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecer cargos adicionales por dicho equipaje.

Señaló que esto podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los usuarios. 

Profeco advirtió que en caso de que las aerolíneas no lo hagan, entre otras acciones, se emitirá una alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley

La Ley de Aviación Civil indica que los pasajeros podrán llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. 

Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos. 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció un criterio en concordancia con la Profeco que señala que el equipaje de mano se constituye como un elemento inherente al servicio de transporte aéreo, pues se parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino. 

Para la Profeco, la decisión de transportar equipaje documentado recae completamente en la voluntad del pasajero pero el equipaje de mano es inherente al servicio de transporte aéreo y le da una razón específica de ser. 

Por ello determinó que el cobro de este tipo de equipaje podría considerarse abusivo, pues el equipaje de mano resulta un elemento indispensable al servicio de transportación aérea del pasajero, y su cobro como un servicio adicional es indebido, pues no está sujeto a negociación.